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Criterio HRTIC

La norma y el talento, con criterio.

Cada día hábil, lo que cambia en la legislación laboral peruana y lo que funciona en la gestión de personas, explicado por HRTIC con su base legal. Lo mismo que publicamos en LinkedIn, ordenado, con fuentes y a la mano cuando lo necesites.

  • 60 entregas con base legal
  • 10 novedades verificadas en fuente oficial
  • Actualizado al 06/10/2026
Nuestro criterio

Leer la norma es fácil. Aplicarla es criterio.

Las entregas explican un cambio normativo o una práctica de gestión de personas y enlazan a su fuente oficial.

Lo que publicamos en LinkedIn queda aquí, ordenado y con fecha, para consultarlo cuando lo necesites.

Novedades normativas

Qué cambió, qué no, y dónde verificarlo

Normas, proyectos y criterios judiciales que afectan la relación laboral en el Perú. Cada novedad dice en qué estado está y enlaza a la fuente oficial: El Peruano, el Congreso, el MTPE o la Corte Suprema.

  1. Publicada el 01/10/2026; deroga la R.M. N.º 251-2021-TR Seguridad y salud en el trabajo

    SST en construcción: nuevo listado de actividades y actividades conexas al que se aplica el reglamento del sector

    La R.M. N.º 310-2026-TR (El Peruano, 01/10/2026; fechada el 29/09/2026) aprueba el listado de actividades de construcción (CIIU Rev. 4, sección F: edificios, carreteras y vías férreas, servicio público, obras de ingeniería civil, demolición, preparación del terreno, instalaciones y acabados) y de actividades conexas (comedores, campamentos y vigilancia, servicios generales, servicios médicos, topografía y otras prestaciones en el proceso de construcción) a las que se aplica el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo para el Sector Construcción (D.S. N.º 011-2019-TR). Deroga la R.M. N.º 251-2021-TR; según sus considerandos, preserva el contenido sustancial del listado anterior. No fija una fecha de vigencia distinta de la general.

    R.M. N.º 310-2026-TR · Fuente oficial

  2. Vigente (primer tramo); segundo tramo pendiente de decreto Remuneraciones

    RMV sube a S/ 1,230 desde el 1 de octubre de 2026; el segundo tramo, hasta S/ 1,300, en 2027

    El D.S. N.º 015-2026-TR (El Peruano, edición extraordinaria del 28/09/2026) incrementa en S/ 170 la remuneración mínima vital de los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada, en dos tramos, de S/ 1,130 a S/ 1,300. El primer tramo es de S/ 100 y lleva la RMV a S/ 1,230 a partir del 01/10/2026. El segundo, de S/ 70, se fijará por otro decreto supremo durante el primer semestre de 2027; hasta que ese decreto se publique, la RMV exigible sigue siendo S/ 1,230.

    D.S. N.º 015-2026-TR · Fuente oficial

  3. Vigente Pensiones

    La SBS permite pagar aportes al SPP con billeteras digitales

    La Resolución SBS N.º 02326-2026 permite que empleadores, trabajadores y terceros paguen los aportes al Sistema Privado de Pensiones con billeteras digitales, aplicativos, cajeros corresponsales e intermediarios. No cambia el plazo: el empleador declara y paga los aportes obligatorios dentro de los cinco primeros días hábiles del mes siguiente. Rige desde el 24/09/2026.

    Resolución SBS N.º 02326-2026 · Fuente oficial

  4. Anunciada, sin norma publicada Remuneraciones

    RMV: el aumento sigue sin decreto supremo; rige S/ 1,130

    El 03/09/2026 trabajadores y empleadores respaldaron en el Consejo Nacional de Trabajo elevar la remuneración mínima vital hacia S/ 1,300, sin acuerdo sobre la fecha ni la forma. El 22/09/2026 el ministro de Trabajo anunció dos tramos: S/ 100 entre octubre y noviembre de 2026 y S/ 70 en el primer semestre de 2027. Hasta la edición de El Peruano del 23/09/2026 no hay decreto supremo, así que la RMV exigible sigue siendo S/ 1,130.

    RMV vigente: D.S. N.º 006-2024-TR · Fuente oficial · D.S. N.º 006-2024-TR (RMV vigente)

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  5. Vigente Jornada y descansos

    Elecciones del 4 de octubre: descansos para miembros de mesa y votantes

    El D.S. N.º 014-2026-TR fija reglas para las elecciones regionales y municipales del domingo 04/10/2026, en los sectores público y privado. Los miembros de mesa no capacitados o designados ese día tienen descanso remunerado compensable el lunes 05/10; quienes votan lejos de su centro de trabajo pueden no laborar del 02 al 05/10 y compensar después; y quien trabaja ese domingo tiene tolerancia compensable para votar. En el sector privado, la forma de compensar se pacta y, a falta de acuerdo, la decide el empleador.

    D.S. N.º 014-2026-TR · Fuente oficial

  6. Vigente Inspección del trabajo

    El MTPE crea una comisión para fortalecer la SUNAFIL

    La R.M. N.º 297-2026-TR crea una comisión sectorial temporal, con participación de gremios sindicales y empresariales, para diagnosticar la SUNAFIL y el Sistema de Inspección del Trabajo y proponer mejoras en 90 días calendario desde su instalación. Por sí sola no cambia las obligaciones de los empleadores ni la escala de multas.

    R.M. N.º 297-2026-TR · Fuente oficial

  7. En debate en el Congreso Reforma laboral

    Facultades legislativas con materias laborales: siguen en comisión

    El pedido del Poder Ejecutivo para legislar 120 días (Proyecto de Ley N.º 00098/2026-2031-CD) incluye beneficios laborales, protección contra el despido, bonos de productividad, inspección del trabajo y feriados. Las comisiones de Economía, Justicia y Producción, entre otras, se pronunciaron en contra; al 23/09/2026 la Comisión de Constitución no había dictaminado y el Pleno no había votado. Ningún beneficio laboral ha cambiado.

    Proyecto de Ley N.º 00098/2026-2031-CD · Fuente oficial · Expediente en el Congreso

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  8. Vigente Empleo y tecnología

    Comisión del MTPE para estudiar el impacto de la inteligencia artificial en el empleo

    La R.M. N.º 280-2026-TR crea una comisión sectorial temporal que analizará cómo la inteligencia artificial, la automatización y la robotización afectan el empleo y las relaciones laborales en el sector privado, y propondrá acciones o cambios normativos en seis meses. No crea obligaciones nuevas para los empleadores.

    R.M. N.º 280-2026-TR · Fuente oficial

  9. Criterio judicial Jurisprudencia

    Horas extras de más de cinco años: dos salas supremas con criterios opuestos

    La Casación N.º 36773-2023-La Libertad fijó como doctrina que no exhibir los registros de asistencia alegando que venció el plazo de conservación puede hacer presumir el sobretiempo. El 01/09/2026 El Peruano informó que otra sala (Casación Laboral N.º 3579-2025-La Libertad) sostiene que, pasados los cinco años, la prueba corresponde al trabajador. Mientras no se unifique el criterio, conviene conservar los registros más allá del plazo mínimo.

    Casación N.º 36773-2023-La Libertad · Fuente oficial · Precedentes Vinculantes de El Peruano (27/05/2026)

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  10. Publicada, pendiente de reglamento Seguridad y salud en el trabajo

    «Ley Silla»: vigente desde julio, con el reglamento pendiente

    La Ley N.º 32721 obliga a los centros de trabajo cuyos trabajadores pasan de pie tres horas continuas o más a darles asientos adecuados y permitirles alternar la postura. Rige desde el 09/07/2026; al 23/09/2026 no tiene reglamento (plazo de 180 días) y las empresas tienen 360 días para adecuar su Reglamento Interno de SST. Mientras tanto se aplica la norma de ergonomía, R.M. N.º 375-2008-TR.

    Ley N.º 32721 · Fuente oficial

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