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Contraoferta ante una renuncia: lo que compra y lo que cuesta
Subir el sueldo frena la salida unos meses. Los treinta días de preaviso, que no cuestan un sol, son la última ventana para entender por qué se va.
Por Jorge Ernesto Luna Medina, Founder & Head of Consulting de HRTIC
La carta llega un martes de diciembre, seis de la tarde, cuando el jefe ya tiene el saco puesto. Y la primera reacción casi siempre es la misma: ¿cuánto pide para quedarse?
Antes de responder conviene mirar el calendario. La gratificación se paga en la primera quincena de diciembre (Ley 27735). La renuncia exige aviso escrito con 30 días de anticipación (art. 18 del TUO del D. Leg. 728), el empleador puede exonerar ese plazo y, si el trabajador pide salir antes, el silencio de la empresa durante tres días vale como un sí. Diciembre y enero concentran salidas por eso, no por casualidad.
La contraoferta funciona. Ahí está el problema.
Funciona seis meses, ocho con suerte. Y deja tres cosas instaladas. La persona aprende que su sueldo se negocia con una carta encima del escritorio. El resto del equipo lo aprende en la hora de almuerzo, tarde o temprano. Y el dueño terminó subiendo una remuneración sin haber entendido qué se estaba yendo.
Los 30 días de aviso son la última conversación gratis que la empresa va a tener con esa persona. Un mes entero para preguntar dos cosas: qué se lleva de aquí y qué encontró allá que aquí no había. Sin negociar, sin convencer. Escuchar y anotar.
Eso no retiene a quien ya decidió. Ordena lo que se hace con los ocho que se quedan.
Base legal citada
- Art. 18 del TUO del D. Leg. N.º 728 (El Peruano, 27/03/1997)
- Ley N.º 27735 (El Peruano, 28/05/2002) y su reglamento D.S. N.º 005-2002-TR (El Peruano, 04/07/2002)
Vigente al 04/09/2026, fecha de publicación.
Publicado originalmente en la página de HRTIC en LinkedIn el 4 de setiembre de 2026. Es información general y no reemplaza la revisión de un caso concreto.


