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Liquidación en 48 horas: seis pasos para la empresa sin área de RR. HH.
La CTS trunca se paga dentro de las 48 horas del cese. Seis pasos para armar el récord el día que llega la renuncia y cerrar la salida sin intereses.
Por Jorge Ernesto Luna Medina, Founder & Head of Consulting de HRTIC
Las 48 horas de una liquidación empiezan a correr el día del cese. No el día en que alguien se acuerda de sacar la cuenta.
Donde no hay área de RR. HH., la carta de renuncia suele quedarse en el escritorio del dueño hasta el último día. Después, boletas perdidas. Y la llamada al contador un viernes a las seis.
La CTS trunca se paga directamente al trabajador dentro de las 48 horas de producido el cese, con la remuneración vigente a esa fecha (D.S. N.º 001-97-TR, art. 3). SUNAFIL, en su orientación oficial, pide el mismo plazo para toda la liquidación. Si el pago llega tarde, los intereses corren por cuenta de la empresa.
Seis pasos:
- Anota la fecha de cese el mismo día en que llega la carta.
- Arma el récord desde el último depósito de CTS y la última gratificación.
- Revisa la gratificación trunca: exige al menos un mes calendario de labores.
- Suma las vacaciones truncas y las ganadas que nunca se gozaron.
- Paga dentro de las 48 horas, con hoja de liquidación y el detalle de cada concepto.
- Ese día, certificado de trabajo y constancia de cese. El banco pide esa constancia para liberar la CTS (art. 45).
Nada de esto exige un área de personas. Exige empezar antes.
La calculadora de HRTIC hace la cuenta según el régimen (general, pequeña empresa o microempresa, que no liquidan los mismos conceptos): https://hrticonsultores.com/calculadora-beneficios-sociales.html
Una salida ordenada es la última promesa que la empresa le cumple a quien se va.
Base legal citada
- TUO de la Ley de CTS, aprobado por D.S. N.º 001-97-TR (El Peruano, 01/03/1997), arts. 3 y 45
- SUNAFIL, orientación oficial sobre liquidación de beneficios (nota de prensa del 17/10/2022, gob.pe)
Vigente al 24/09/2026, fecha de publicación.
Publicado originalmente en la página de HRTIC en LinkedIn el 24 de setiembre de 2026. Es información general y no reemplaza la revisión de un caso concreto.


