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Informe HRTIC · · 1 min de lectura

Nueva RMV: el mes en que rija decide qué beneficio toca

El primer tramo de S/ 1,230 aún no tiene decreto. Si rige en octubre entra en la CTS de noviembre; si rige en noviembre, en la gratificación de diciembre.

Por Jorge Ernesto Luna Medina, Founder & Head of Consulting de HRTIC

Octubre o noviembre. Esa es toda la fecha que hay por ahora.

El martes, tras la segunda sesión del Consejo Nacional de Trabajo, el ministro de Trabajo anunció el primer tramo del alza de la remuneración mínima: S/ 100, de S/ 1,130 a S/ 1,230. Los S/ 70 restantes quedarían para el primer semestre de 2027.

Decreto supremo todavía no hay. Hoy la mínima exigible sigue siendo S/ 1,130 (D.S. 006-2024-TR). Pero el mes en que empiece a regir decide qué parte de su cierre de año se mueve:

  • Si rige desde octubre, la CTS de noviembre ya sale con la nueva mínima, porque su base es la remuneración de octubre.
  • Si rige desde noviembre, la CTS sale con S/ 1,130 y la que cambia es la gratificación de diciembre, que toma la remuneración vigente al 30 de noviembre.

La mínima arrastra además renglones que casi nadie asocia con ella: la asignación familiar (de S/ 113 a S/ 123, sin importar cuánto gane quien la cobra), el piso del turno noche, la subvención de practicantes y el sueldo de la trabajadora del hogar a jornada completa.

La cuenta en régimen general: S/ 110 más en la boleta de quien gana la mínima y cobra asignación familiar le cuestan a la empresa unos S/ 150 al mes.

Esta semana se puede dejar el cierre en dos columnas, una con S/ 1,130 y otra con S/ 1,230. Cuál se usa lo decide El Peruano.

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Publicado originalmente en la página de HRTIC en LinkedIn el 23 de setiembre de 2026. Es información general y no reemplaza la revisión de un caso concreto.