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T-Registro y PLAME: seis revisiones antes de una inspección
Las diferencias entre lo declarado y lo que pasa en el local se leen desde un escritorio. Seis revisiones de una tarde, con la UIT 2026 en S/ 5,500.
Por Jorge Ernesto Luna Medina, Founder & Head of Consulting de HRTIC
Cuando llega una inspección, lo primero que piden es un documento, nunca una explicación. Y buena parte de esa revisión ya ocurrió antes: el T-Registro y la PLAME viven en la misma base de datos de SUNAT, y las diferencias entre ambos se leen desde un escritorio.
Seis revisiones para esta tarde, con su color. Toma media hora.
- ROJO. Alguien prestando servicios sin alta. El registro va el día en que la persona ingresa (art. 4-A del D.S. 018-2007-TR). No registrarla en planilla es infracción muy grave (art. 25.20 del D.S. 019-2006-TR) y se cuenta por cada trabajador afectado.
- ROJO. Ceses sin baja: primer día hábil siguiente al término. Quien salió en julio y sigue activo sostiene un vínculo que ya terminó.
- ÁMBAR. Régimen pensionario, jornada, ocupación o remuneración desactualizados. Cinco días hábiles desde el cambio.
- ÁMBAR. Nombres en el T-Registro que no están en la PLAME del mes, o al revés. Lo más fácil de ver desde afuera.
- ÁMBAR. Honorarios que se repiten cada mes, con horario y jefe que asigna tareas. Donde hay subordinación hay vínculo laboral (art. 4 del TUO del D. Leg. 728).
- VERDE. CTS de noviembre y gratificación de diciembre ya entran a la PLAME. Un dato mal cargado en setiembre termina mal declarado en diciembre.
La escala se mide en UIT y la UIT 2026 es de S/ 5,500 (D.S. 301-2025-EF). El tramo más alto: 52.53 UIT para empresa no MYPE (S/ 288,915), 7.65 UIT para la pequeña (S/ 42,075), 0.68 UIT para la micro (S/ 3,740).
Si prefiere revisarlos con alguien al lado, conversemos 30 minutos.
Base legal citada
- Art. 4-A del D.S. N.º 018-2007-TR (El Peruano, 28/08/2007)
- Art. 25.20 del D.S. N.º 019-2006-TR (El Peruano, 29/10/2006), Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, y sus modificatorias
- D.S. N.º 301-2025-EF (El Peruano, 17/12/2025)
- Art. 4 del TUO del D. Leg. N.º 728 (El Peruano, 27/03/1997)
Vigente al 04/09/2026, fecha de publicación.
Publicado originalmente en la página de HRTIC en LinkedIn el 4 de setiembre de 2026. Es información general y no reemplaza la revisión de un caso concreto.


