Inicio › Criterio HRTIC › Personas
La licencia por paternidad dura 10 días calendario, no 4 hábiles
Desde la Ley 30807 (2018): 10 días calendario, 20 o 30 en casos especiales. Aviso de 15 días y no se cambia por dinero.
Por Jorge Ernesto Luna Medina, Founder & Head of Consulting de HRTIC
Dato del día: la licencia por paternidad dura 10 días calendario consecutivos, no cuatro días hábiles.
El texto original de la Ley N.º 29409, de 2009, decía cuatro días hábiles. La Ley N.º 30807, publicada en El Peruano el 5 de julio de 2018, cambió el artículo 2: diez días calendario en parto natural o cesárea, veinte por nacimiento prematuro o parto múltiple, y treinta por enfermedad congénita terminal, discapacidad severa o complicaciones graves de salud de la madre.
Para el área de operaciones hay dos reglas que pesan más que el número. El trabajador debe avisar con no menos de quince días naturales de anticipación a la fecha probable del parto (art. 3). Y el beneficio es irrenunciable: no se cambia por dinero ni por otro beneficio (art. 4).
Un jefe de planta que aún programa cuatro días deja el turno de la mañana corto justo cuando el trabajador sale. Uno que conoce los diez días y el aviso de quince tiene tiempo para cubrir el puesto y el reemplazo llega entrenado.
Alcance: trabajadores de la actividad pública y privada, según el art. 1 de la Ley N.º 29409.
Base legal citada
- Ley N.º 30807 (El Peruano, 05/07/2018), artículo único: modifica el art. 2 de la Ley N.º 29409
- Ley N.º 29409, arts. 3 y 4: aviso de quince días naturales e irrenunciabilidad del beneficio
Vigente al 16/10/2026, fecha de publicación.
Publicado originalmente en la página de HRTIC en LinkedIn el 16 de octubre de 2026. Es información general y no reemplaza la revisión de un caso concreto.


