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Guías · Calculadora de indemnización

Calculadora gratuita

Calcula la indemnización por despido

Despido arbitrario de un contrato indefinido o despido antes de que venza un contrato a plazo fijo. Para el régimen general, la micro y pequeña empresa, las trabajadoras y trabajadores del hogar y el régimen agrario.

Los datos se calculan en tu navegador: no se envían ni se guardan. La remuneración mínima y la asignación familiar se toman según la fecha: S/ 1,230 y S/ 123 desde el 1 de octubre de 2026 (D.S. N.º 015-2026-TR); S/ 1,130 y S/ 113 hasta el 30 de setiembre. Actualizada al 30 de setiembre de 2026.

Si no sabes, elige régimen general. Una empresa solo aplica el régimen MYPE si está inscrita en el REMYPE.
El sueldo bruto de tu boleta, antes de descuentos.
Pagos variables de los últimos 6 meses (S/, opcional)Comisiones, horas extras u otros pagos que cambian de un mes a otro. Cuentan si los recibiste al menos 3 de los 6 meses: se suman y se dividen entre 6.
Resultado

Completa los datos y presiona Calcular. Verás cada monto con su base legal.

¿Dejaste de trabajar? La liquidación completa suma todos los conceptos.

Cómo se calcula la indemnización

CasoRégimen generalPequeña empresaMicroempresa
Contrato indefinido1.5 remuneraciones por año, con dozavos y treintavos, tope 12 (D.S. N.º 003-97-TR, art. 38)20 remuneraciones diarias por año, solo meses completos, tope 120 (TUO D.S. N.º 013-2013-PRODUCE, art. 56)10 remuneraciones diarias por año, solo meses completos, tope 90 (art. 56)
Plazo fijo resuelto antes de tiempo1.5 remuneraciones por cada mes que faltaba, tope 12 (D.S. N.º 003-97-TR, art. 76)Ninguna norma dice de forma expresa cuál se aplica: la calculadora muestra los dos cálculos, el del art. 56 del TUO MYPE y el del art. 76
Periodo de pruebaCon 3 meses o menos de servicios no hay indemnización por despido arbitrario, salvo que el despido sea nulo (D.S. N.º 003-97-TR, arts. 10 y 38)

La base es la remuneración ordinaria mensual: el sueldo bruto con los conceptos remunerativos regulares, sin la gratificación. El plazo para demandar es de 30 días naturales desde el despido (D.S. N.º 003-97-TR, art. 36): si crees que el despido fue nulo o fraudulento, revisa tu caso antes de firmar la liquidación.

Trabajadoras del hogar y régimen agrario

Trabajadoras y trabajadores del hogar. 1.5 remuneraciones por año, con tope de 12, como en el régimen general (Ley N.º 31047, art. 13; D.S. N.º 003-97-TR, art. 38). El despido por embarazo es nulo: corresponde la reposición.

Régimen agrario. 45 remuneraciones diarias por año, con dozavos y treintavos y tope de 360 (Ley N.º 31110, art. 3, lit. h). Si el contrato era a plazo fijo, la calculadora muestra también el cálculo por los meses que faltaban (D.S. N.º 003-97-TR, art. 76), porque ninguna norma dice cuál prima.

El resultado es orientativo y no reemplaza la revisión de tu caso. No incluye descuentos de AFP u ONP ni de impuesto a la renta, faltas, licencias sin goce ni beneficios de tu contrato o de un convenio colectivo. Si el monto no coincide con tu boleta, haz una consulta por escrito y te respondemos a más tardar el siguiente día hábil.