Guías · Calculadora de construcción civil
Calcula la liquidación de un obrero de construcción civil
CTS, vacaciones truncas y gratificación trunca de operarios, oficiales y peones, con los jornales de la convención colectiva de 2026.
Los datos se calculan en tu navegador: no se envían ni se guardan. Jornales básicos de 2026: operario S/ 89.30, oficial S/ 69.75 y peón S/ 62.80 (R.M. N.º 197-2025-TR). Para tiempo trabajado entre el 1 de junio y el 31 de diciembre de 2025 se usa la tabla anterior. Actualizada al 30 de setiembre de 2026.
Completa los datos y presiona Calcular. Verás cada monto con su base.
¿Trabajas en una empresa que no es de construcción civil? Usa la liquidación del régimen general.
Jornales y pagos de 2026
| Concepto | Operario | Oficial | Peón |
|---|---|---|---|
| Jornal básico diario | S/ 89.30 | S/ 69.75 | S/ 62.80 |
| Bonificación unificada de construcción (BUC) | 32 %: S/ 28.58 | 30 %: S/ 20.93 | 30 %: S/ 18.84 |
| Movilidad por día trabajado | S/ 8.60 | S/ 8.60 | S/ 8.60 |
| Semana de 6 días con dominical, BUC y movilidad (bruto) | S/ 848.16 | S/ 665.40 | S/ 604.24 |
Vigencia: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. Fuente: convención colectiva de construcción civil 2026 (R.M. N.º 197-2025-TR) y tabla de remuneraciones CAPECO–FTCCP 2026. Desde 2026 los jornales se fijan por año calendario.
Cómo se calcula la liquidación
| Concepto | Regla | Base |
|---|---|---|
| CTS | 15 % del total de jornales básicos percibidos: 12 % de CTS y 3 % que sustituye la participación en utilidades. Se paga al cese | Tabla CAPECO–FTCCP 2026 |
| Vacaciones | 10 % del total de jornales básicos percibidos | Tabla CAPECO–FTCCP 2026 |
| Gratificaciones | 40 jornales básicos por Fiestas Patrias (periodo de enero a julio) y 40 por Navidad (agosto a diciembre). Si no completas el periodo: 40/7 jornales por mes en Fiestas Patrias y 8 por mes en Navidad; cada día suelto vale 40/210 o 40/150 del jornal | Tabla CAPECO–FTCCP 2026 (22.22 %, es decir, 80 jornales al año) y tablas de la FTCCP |
| Bonificación extraordinaria | 9 % de la gratificación, o 6.75 % si estás en una EPS | Ley N.º 30334, art. 3 |
| Asignación escolar | 30 jornales básicos al año por cada hijo que estudia; en educación técnica o superior, hasta los 24 años | R.M. N.º 197-2025-TR, cláusula 4.ª |
| Indemnización | La relación dura lo que dura la obra o la labor contratada: su conclusión no genera indemnización | STC N.º 02282-2009-PA/TC |
La base de la CTS, las vacaciones y la gratificación es el jornal básico de los días trabajados. El dominical, la BUC y la movilidad no entran en esa base. La gratificación se calcula con el jornal vigente al cese. Si tu tiempo abarca 2025 y 2026, la calculadora reparte tus días entre las dos tablas en proporción a los días de lunes a sábado de cada año.
El resultado es orientativo y no reemplaza la revisión de tu caso. No descuenta ONP o AFP ni CONAFOVICER, ni incluye horas extras, feriados trabajados, bonificaciones por altura o por especialización, ni lo que diga el convenio de tu obra. Si el monto no coincide con tu liquidación, haz una consulta por escrito y te respondemos a más tardar el siguiente día hábil.